Orden de 26 de Marzo de 2010, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2010 las subvenciones reguladas en el Decreto 56/2009 para la promoción de la contratación estable y de calidad.
- Plazo: El plazo para la solicitud de subvenciones será de 2 meses desde el Alta en la Seguridad Social del trabajador cuyo contrato da derecho a subvención. Podrá solicitarse hasta el 30 de Septiembre de 2010.
- Formularios y documentación complementaria: Pincha aquí.
- Para esta convocatoria se realizan las siguientes modificaciones (aumentos) de las cuantías de las subvenciones:
1. Durante la vigencia de la presente convocatoria, incluido el período transitorio a que se refiere el número 1 del apartado decimosegundo de esta Orden, experimentarán un aumento los importes de las siguientes subvenciones recogidas en el Decreto 56/2009:
a) El importe de la subvención prevista en el artículo 5.1.a) aumenta de 5.000 a 6.000 euros.
b) El importe de la subvención prevista en el artículo 5.1.b) aumenta de 4.500 a 5.400 euros.
c) El importe de la subvención prevista en el artículo 5.1.c) aumenta de 4.000 a 4.800 euros.
d) El importe de la subvención prevista en el artículo 8.1.a) aumenta de 5.000 a 6.000 euros.
e) El importe de la subvención prevista en el artículo 8.1.b) aumenta de 4.500 a 5.400 euros.
f) El importe de la subvención prevista en el artículo 8.1.c) aumenta de 4.000 a 4.800 euros.
2. Se eleva de 400 a 500 euros el importe anual de subvención previsto en la letra b), del número 3, del artículo 18 del Decreto 56/2009, por cada uno de los trabajadores con discapa.cidad psíquica o enfermedad mental para aquellos Centros que, en el momento de la solici.tud, cuenten en su plantilla con 11 o más trabajadores con ese tipo de discapacidades.
Décimo. Subvenciones a las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
En el marco de la presente convocatoria, se extienden a las modalidades de contrato de obra o servicio y de circunstancias de la producción las subvenciones previstas en el artículo 10 del Decreto 56/2009, para las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
Para cualquier duda, consultar con nuestro Agente de Empleo y Desarrollo Local, vía mail o por teléfono (974-570-900)
Cultura | Deportes | Educación | Turismo | Entidades y Asociaciones | Directorio Empresarial | Desarrollo y Medio Ambiente
AYUNTAMIENTO DE SARIÑENA - Plaza España, 1 - 22200 Sariñena (Huesca) Tel. 974 570 900 - Fax: 974 571 190 - aytosarinena@monegros.net